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Divorcio y Ciudadanía Italiana

Para la  ciudadanía italiana  de personas divorciadas, se deben agregar al expediente los siguientes documentos: 
Si el divorcio se hizo
  por orden judicial proporcionar: 


-  Sentencia de separación.  
-
  Petición inicial de conversión de separación en divorcio.  
-
  La sentencia del juez que conceda el divorcio. 
–
  Fecha -día, mes y año- en que la decisión quedó firme.  

 
Las iniciales del funcionario o escribano que autentique el documento deberán figurar en todas las hojas del proceso.
  En la última hoja del divorcio se deben reconocer las iniciales del funcionario o escribano en notario o notaría  o ser reconocido en cancillerías y presentado con traducción jurada.  

              
En el caso de divorcio por
  Escritura Pública de Divorcio Consensual (Ley N° 11.441 del 04/01/2007), el solicitante deberá presentar: 


–  Certificado de divorcio, en original, acompañado de traducción al italiano.   


El solicitante de reconocimiento de la ciudadanía italiana también debe presentar una solicitud específica para el caso.  

​

Si la declaración no es firmada ante un empleado de este Consulado, deberá ser notariada y el interesado deberá enviar además fotocopia compulsada de su cédula de identidad.

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