




Ciudadanía italiana por vía materna

Recibimos muchos correos electrónicos con preguntas sobre estos asuntos. De hecho, hay mucha información que no coincide y que es confusa y muchos sitios que no están actualizados, pero es bastante simple. Voy explicar fácil y claramente.
Si tiene una mujer en la línea directa de transmisión, cualquier mujer, debe anotar cuándo nació su hijo, independientemente de quién sea esa mujer, tatarabuela, tatarabuela, bisabuela, abuela, madre. :
El hijo de esta mujer para recibir el ciudadanía italiana ella debe haber nacido después del 01/01/1948.
sencillo no?
Ahora también les explicaré de la manera más simple por qué existe esta excepción en la ley de ciudadanía italiana del 5 de febrero de 1992.
http://www.interno.gov.it/mininterno/export/sites/default/it/temi/cittadinanza
La mujer italiana que se casaba con un ciudadano extranjero perdía automáticamente la nacionalidad italiana, por lo que si dejaba de ser italiana, y la mayoría de ellos se casaba aquí en Brasil antes de 1948. Ella pasó a tener derecho y a transmitir la ciudadanía italiana a los hijos que nacieran. después de la promulgación de la constitución el 01/01/1948. Hoy existe la posibilidad de reconocimiento vía judicial como podamos.
El proceso de reconocimiento de la ciudadanía materna se puede hacer a través de la justicia en Italia, realizado por abogados debidamente registrados en la ley italiana. Todo se hace con un contrato de prestación de servicios jurídicos y en en ningún momento el solicitante necesita ir a Italia. Tras el protocolo de actuación el promedio de finalización 2 a 4 años porque son los plazos son judiciales, es decir, puede ser menor o más, independientemente de nuestra interferencia. Las últimas acciones han salido en menos de 3 años, porque se formó la jurisprudencia.
Todas las acciones son diferidas, no tuvimos problemas en cuanto al éxito de los procesos. Cada caso es analizado individualmente por la justicia italiana. Los interesados deben preparar la documentación como si fueran a realizar el trámite en el consulado, cumpliendo con los requisitos de cada consulado, con certificados nuevos, contenido completo, ministerio de relaciones exteriores, firma pública ERESP, traducción jurada y legalización.
Cada interesado debe firmar un poder específico, sin necesidad de notarización, que debe enviarnos junto con una copia del pasaporte brasileño y una copia simple del anverso y reverso de todos los documentos que serán legalizados en el consulado competente. donde reside la persona. Presentamos la acción y se debe otorgar un promedio de 2, 3 años para el proceso cuando se dictará la sentencia obligando al consulado a reconocer la ciudadanía. Por ello, los certificados deben cumplir con los requisitos de reconocimiento de cada consulado.
El tribunal, que en este caso es de procedimiento ordinario, después de la sentencia dentro de los 90 días notifica al consulado en Brasil para la ejecución de la sentencia. Una vez que el consulado reciba la notificación, tendrá otros 90 días para realizar el reconocimiento y completar la práctica.
SERVICIOS INCLUIDOS EN LA ETAPA ITALIA.
• Enrutamiento y protocolo de acción.
• Seguir.
• Pago de tasas e impuestos inherentes al proceso, hasta el momento de la sentencia.
MONTAJE DE PROCESO EN BRASIL
• Documentos duplicados.
• Traducciones juradas.
• Tasas de legalización.
• Costos de envío.
Envíe los certificados que ya tiene, aunque sean antiguos, para el análisis individual de su caso: